La Ley de Familia en el estado de Coahuila sufrió una reforma que resulta innovadora: desde este mes, quienes se involucren sentimentalmente con personas casadas, de cualquier sexo, tienen derecho a exigir pensión alimenticia.
De esa manera, el fronterizo estado se pone a la vanguardia en México al permitir e impulsar que quienes tuvieron o tengan una relación extramarital sean exigidos a pagar recursos a sus amantes.
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La única condición establecida en la ley es que quien solicite el apoyo económico pueda demostrar ante un juzgado de lo familiar que se trata de una relación real y fundada en la afectividad, el consentimiento y la solidaridad.
Según el Artículo 284 de la ley, deben demostrar que sostuvieron una relación de convivencia estable, aunque una de las dos partes esté casada o viva en concubinato con otra persona, además de acreditar que existe dependencia económica o emocional.
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La nueva ley no precisa un periodo para solicitar la protección legal, aunque sí aclara que la obligación de pagar pensión alimenticia termina cuando la persona que la recibe esté unida a una pareja estable.
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Cuando en una relación extramarital existan hijos no reconocidos se seguirá un procedimiento jurídico para obigarlos a aportar pruebas de paternidad para acreditar el parentesco y, después, iniciar el juicio de pensión.
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