Visas

Restricciones de vuelos a Cuba afecta visa ESTA

La medida colateralmente ha afectado a los viajeros que llegan a Miami con una visa ESTA, conocida también como la I-94

Telemundo

Como ya lo tenían establecido las aerolíneas American Airline, Southwest, y los vuelos Chárter, ahora JetBlue se suma a la lista de aerolíneas estadounidenses que redujeron a una frecuencia semanal sus vuelos a Cuba. La medida colateralmente ha afectado a los viajeros que llegan a Miami con una visa ESTA, conocida también como la I-94, y han vencido o está a punto de expirar su tiempo legal en EEUU.

Claudia Cañizares, abogada de inmigración, dice: “si ya están aquí los 80 días y le cambian el pasaje, hay un correo electrónico específicamente para la oficina de Miami donde ellos pueden escribir pidiendo que le extiendan el I-94”.

 Para realizar ese trámite, si llegó a EEUU por el Sur de Florida, deberá enviar a esta dirección de correo electrónico: cbpmiamidadecovid19ext@cbp.dhs.gov, una copia de su pasaporte, una copia del pasaje original y otra de la cancelación de vuelo de la aerolínea, para que las oficinas de Inmigración le extiendan su permiso de estancia legal, hasta la fecha de su próximo pasaje.

“Ellos te dan unos 30 días más para que salgas y puedas cumplir con el I-94 y no acumular presencia física ilegal o violar los términos del I-94”, dice Cañizares.

 Y es que de permanecer ilegalmente en el país, si regresa otra vez de visita, los oficiales del aeropuerto le pueden decir no, usted se pasó 20,30 incluso hasta un día de más, violaste los términos del ESTA, te le vamos a cancelar y no puedes entrar”, dice la abogada.

 Pero si su caso o el de algún familiar suyo, es de los que venció el tiempo de legal en EEUU, regreso a Cuba y no cumplió con los requisitos legales, “deben buscar una forma de hacer una salida satisfactoria, es un email que se manda después que la persona ya salió para que te arreglen el I94 y te pongan que cumpliste con los términos y no violaste el ESTA”.

 Y esa información la podrá encontrar en la página www.cbp.gov/i94

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