Cambia formulario para extranjeros con visa de “no inmigrante”

A partir del 11 de marzo cualquier petición con versión anterior será rechazada, anunció USCIS en un comunicado.

A partir del 11 de marzo USCIS actualizará el Formulario I-539 que se conoce como la solicitud para extender o cambiar el estatus de no inmigrante y que se realiza en el portal web de dicha agencia migratoria.

Las visas de “no inmigrante” en Estados Unidos se conceden a quienes tienen intención de permanecer en el país de modo temporal, ya sea como turistas, estudiantes, trabajadores, inversionistas o visitantes de intercambio, entre otras 40 categorías.

El periodo de vigencia de cada visa depende de su clasificación, pero frecuentemente los extranjeros prolongan su estadía para no perder el estatus legal, o cambian a un estatus diferente variando la razón original por la que entraron al país.

Entre los requisitos imprescindibles para obtener el nuevo estatus y realizar las actividades legalmente, se requiere de la aprobación del Formulario I-539 o Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante.

“Rechazaremos cualquier Formulario I-539 con fecha de edición del 12/23/16 o anterior”, subrayó el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) en un comunicado.

La entidad federal informa sobre la creación de un nuevo formulario, el I-539A, mediante el cual los titulares de visas deberán suministrar información adicional para respaldar su petición de cambio de estatus. El nuevo formulario debe presentarse junto con la planilla principal, dijeron las autoridades.

Según USCIS, estos son los cambios más relevantes de la versión enmendada de la solicitud:

▪ Cada individuo incluido en el Formulario I-539 del solicitante principal debe presentar y firmar un Formulario I-539A por separado. Los padres o tutores legales pueden firmar a nombre de hijos menores de 14 años o de personas con discapacidad mental.

▪ Cada solicitante y cosolicitante debe pagar la tarifa de $85 por los servicios biométricos, excepto solicitantes de visados diplomáticos, funcionarios y para organismos internacionales A, G, o NATO, según indican las nuevas instrucciones del Formulario I-539.

▪ Cada solicitante y miembros de la petición, sin importar su edad, recibirá una notificación individual con su número de recibo para los servicios biométricos. Los cosolicitantes que deseen una cita en un Centro de Asistencia en Solicitudes distinto al del solicitante principal, deberán presentar un Formulario I-539 por separado.

USCIS recalcó que rechazará cualquier formulario que carezca de las firmas de los solicitantes o de los pagos correspondientes por el trámite y los servicios biométricos.

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