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Sobre la historia

El Consejo de Estado

La Asamblea Nacional del Poder Popular selecciona al Consejo de Estado, un cuerpo integrado por 31 personas y encabezado actualmente por Raúl Castro.

El Consejo de Estado es el órgano de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) que la representa entre uno y otro período de sesiones y tiene carácter colegiado.

A los fines nacionales e internacionales ostenta la suprema representación del Estado cubano.

Son atribuciones del Consejo de Estado entre otros:

- Acordar la fecha de las elecciones.

- Dictar decretos-leyes mientras no sesione la ANPP.

- Dar a las leyes vigentes, en caso necesario, una interpretación general y obligatoria.

- Disponer lo pertinente para realizar los referendos que acuerde la ANPP.

- Decretar la movilización general cuando la defensa del país lo exija, asumir las facultades de declarar la guerra o concertar la paz.

- Sustituir, a propuesta de su presidente, a los miembros del Consejo de Ministros entre uno y otro período de sesiones de la ANPP.

- Impartir instrucciones a la Fiscalía General de la República.

- Designar y remover, a propuesta de su Presidente, a los representantes diplomáticos de Cuba.

- Otorgar condecoraciones y títulos honoríficos.

- Conceder indultos.

- Ratificar tratados internacionales.

- Otorgar o negar el beneplácito a los representantes diplomáticos de otros Estados.

Todas las decisiones de este cuerpo son adoptadas por el voto favorable de la mayoría simple de sus integrantes y su mandato expira al tomar posesión el nuevo Consejo de Estado elegido en virtud de las renovaciones periódicas.





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